viernes, 28 de marzo de 2014

Condena a portero de discoteca en Barcelona

Un juzgado de Barcelona ha condenado a un portero de discoteca a un año de inhabilitación para ejercer esta profesión y a una indemnización por daños morales al denegar la entrada de forma discriminatoria a dos mujeres transexuales lo que, según la Fiscalía de Barcelona, es la primera sentencia conocida en España en la que se aplica el artículo 512 del Código Penal para este tipo de hechos.

Este artículo del Código Penal se refiere a los profesionales que deniegan a una persona una prestación a la que tenga derecho "por razón de su ideología, religión o creencias, su pertenencia a una etnia, raza o nación, su sexo, orientación sexual, situación familiar, enfermedad o minusvalía", para los que establece penas de uno a cuatro años de inhabilitación.

Este caso sucedió sobre las dos de la madrugada del 30 de octubre de 2011, cuando un portero de la discoteca Get Back de la calle Aribau de Barcelona no dejó entrar a las mujeres argumentando que "su jefe no quería mezclar los ambientes", en alusión a su condición de transexuales.

Esa fue la segunda de las excusas ya que, en un principio, les dijo que no podían entrar porque el aforo estaba lleno, aunque seguían entrando más personas al local, según los hechos que la sentencia considera probados, y que también confirma que los denunciantes sufrieron una crisis "de ansiedad, angustia e impotencia".

El acusado, responsable de la puerta, declaró en el juicio ante la magistrada del Juzgado de lo Penal 6 de Barcelona, Graziella Moreno, que "es padre de una chica transexual y no tiene prejuicios", que trabaja en la discoteca desde 1983, y que no se les dejó entrar por problemas de aforo.

ABSUELTO OTRO ACUSADO

La juez le ha condenado a la inhabilitación de un año para ejercer este cargo y a indemnizar a cada una de los dos transexuales con 300 euros por daños morales, de lo que es responsable civil subsidiaria la discoteca.

Por otra parte, ha absuelto a otro acusado en la causa, controlador de acceso de la discoteca, que estaba en la misma puerta, al considerar que "no intervino en los hechos"; la sentencia aún no es firme y aún se puede interponer recurso de apelación.

martes, 4 de marzo de 2014

Carnaval aprovechable

Es una buena excusa aprovechar la fiesta de canarval para vestirse de mujer sin llamar la atención; al menos así puede ser para muchas de esas personas amantes de la ropa femenina y que no pueden manifestarlo o expresarlo durante el resto el año.

En mi caso, sin embargo, es todo lo contrario; el hecho de poder vestir a mi gusto al menos durante algun dia de la semana ni que sea en el interior de mi casa, junto al hecho de que no considero que vestirme de mujer sea un disfraz para mi, sino algo más, hace que precisamente en las fiestas de carnaval no me “trasvista”; en todo caso me “vestiría para salir a la calle”.

No obstante, sí que es un dia apropiado para no sentirse ofendido por las burlas o comentarios graciosos de otros por el hecho de vernos vestidos de mujer. Esos mismos comentarios en otro día cualquiera del año resultarían ofensivos para muchos de los “travestidos”; sin embargo en carnaval son parte de la mofa carnavalesca, y por ello totalmente superable.